Hoy Blanes amaneció con la triste noticia de la muerte de una niña de 8 años, que falleció en el Hospital Comarcal. Acompaño en el sentimiento a los padres y a los familiares de Julieta, quien había sido compañera de curso de Carolina. Ambas iban a la misma escuela, Quatre Vents, y cursaban el 3º curso, aunque iban a diferentes clases.
Es imposible, y tampoco pretendo, comparar ambos casos. La pérdida de Julieta es irreversible mientras que yo conservo las esperanzas de que la de Carolina no lo sea. Es decir, quiero pensar que está viva, y que más tarde o más temprano conseguiré comunicarme con ella. No obstante, sí que podrían tener algo en común: negligencias por parte de personas que deben proteger a los menores de edad, o falta de recursos (y si fuera este último caso, cabe preguntarse quienes son los responsables de esa falta de recursos). Por supuesto, en ningún caso me referiré al caso de Julieta ya que ni tengo la información ni me corresponde hablar. He leído que se abrirá una investigación y se determinarán y dirimirán las responsabilidades, si es que las hay. Me limitaré a poner un enlace al Comunicado del Departament de Salut.
Pero lo peor no es lo que ha pasado, sino que historias como estas se repetirán: habrá más sustracciones de menores en este año 2017, y habrá otros fallecimientos de menores que, adoptando las medidas adecuadas, podrían evitarse. Esto es lo que realmente me preocupa.
Voy a centrarme exclusivamente en mi caso, que es del único que me corresponde hablar:
En enero del 2016, Elmira empieza a incumplir el régimen de visitas. Se lleva a Carolina por la fuerza el miércoles 20/1/16, desobedeciendo a la tutora de la escuela y a los Mossos d’Esquadra. La denuncio ante los Juzgados pero, tras la modificación del Código Penal, el incumplimiento del régimen de visitas ha pasado a ser civil, lo que obliga a demandarla con abogado y procurador. No obstante, dejo constancia, en una denuncia, de mis temores que pueda huir del país con mi hija, y que se le retire el pasaporte a Carolina. No se tienen en cuenta mis advertencias.
Envío un burofax a Elmira exigiéndole que cumpla el régimen de visitas, que ella ni siquiera se digna a recoger. Al contrario, presenta una denuncia penal contra mí, y con toda la mala intención, lleva una copia de la denuncia a la escuela de Carolina, en donde doy clases extraescolares de ajedrez. La Directora de la Escola Quatre Vents contacta al AMPA -que es quien me contrata- y ésta me dice que, temporalmente, debo dejar de dar clases en la escuela hasta tanto se resuelva el asunto. Obviamente me defiendo diciendo que la denuncia es completamente falsa, pero que no quiero crear problemas y decido dar un paso al costado. Es importante señalar que en ningún momento el Juzgado se puso en contacto conmigo ni me llamó a declarar por este tema, es decir, jamás fui investigado. La escuela había activado el protocolo sin recibir una comunicación oficial del Juzgado, tan sólo porque mi ex-mujer había llevado una copia de la denuncia. Pero esto no es lo grave. Lo grave es que, durante los dos meses que se llevó a cabo la investigación –que incluyó una declaración llena de mentiras por parte de Elmira y una exploración psicológica de Carolina- no se activó el protocolo de absentismo, a pesar de que Carolina no iba a la escuela de forma sistemática todos los días que me correspondía recogerla a mí.
A finales de marzo, soy sobreseído de la causa -de la que jamás me hubiera enterado sino fuera porque la escuela me lo comunicó- y me reincorporo a dar las clases extraescolares. Pero Elmira sigue sin enviar a Carolina a clase los días que yo tengo que recogerla, por lo que, dos meses después de lo que correspondía, se activa el protocolo de absentismo.
Durante abril y mayo, Servicios Sociales intenta localizar a Elmira, que, de la misma manera que no recogió el burofax que le envié, intenta por todos los medios no dejarse notificar. Consiguen por fin citarla para el 7 de junio, y Elmira se presenta acompañada de su pareja, adoptando ambos una actitud muy altiva y prepotente ante la trabajadora social. Él llegó a amenazarla diciéndole que “no sabían lo que estaban haciendo” mientras que ella, muy nerviosa, gritaba diciendo que “Carolina era sólo de ella“.
Entretanto, mi abogado presenta una demanda de modificación de medidas que se cruza con otra interpuesta por Elmira unos días antes. En ella se solicitaban, como medidas provisionales urgentes, la retirada del pasaporte de Carolina y la prohibición de salida del país, ante el evidente riesgo de sustracción. Tampoco se tienen en cuenta.
El 13 de mayo, unos días antes, en la Coordinación de Servicios que tuvieron lugar entre Servicios Sociales y el CAP de Tordera, surgió el nombre de Carolina ya que la pediatra estaba muy preocupada y valoraba que la madre podía tener algún tipo de trastorno por su actitud y que Carolina podía estar en riesgo con ella.
El 4 de julio, Fiscalía de Menores hace un requerimiento a Servicios Sociales para valorar la situación de riesgo de Carolina, y el 27 de julio, Servicios Sociales contestan valorando la situación de Carolina como de riesgo muy elevado, solicitando exploración del Servei d’Assessorament Tècnic de Família (SATAF) y solicitando que se vele por el cumplimiento del régimen de visitas, y en caso de incumplimiento reiterado (como ya venía ocurriendo desde enero) se pronuncien sobre su custodia.
También a finales de julio se confirma el Auto del Juez del 22 de abril en que se rechaza la oposición de Elmira a la ejecución de la sentencia y a su obligación de cumplir el régimen de visitas, pero ella sigue ignorando las resoluciones judiciales. Advierto una vez más al Juzgado de que cada vez está más acorralada y que, dado que la conozco y sé que jamás quiere dar el brazo a torcer, la única salida que le queda es huir, por tanto que se le retire el pasaporte a Carolina y se le prohiba la salida del país.
En junio o en julio, Elmira y su pareja cambian de domicilio (venden la casa de él en Tordera) y se mudan a Malgrat de Mar, obviamente sin comunicármelo a mí ni al Juzgado. Le envío un e-mail preguntando por la localización de mi hija, que por supuesto no contesta. Vuelvo a advertir al Juzgado, por cuarta vez, del riesgo de sustracción. Esta vez sí que se abre un procedimiento de sustracción de menores, aunque no se le retira el pasaporte a Carolina ni se le impide la salida del país. El asunto queda en nada cuando yo, por mi propia cuenta, averiguo el domicilio de mi hija.
El resto ya es conocido y es el que dio origen a este blog. El 12 de septiembre, un día antes del juicio por las medidas provisionales, Elmira abandona el país con Carolina. A pesar de mis reiteradas advertencias, ocho meses después, ocurre lo que podía haberse evitado, y pese a la enorme cantidad de indicios que algo así podía ocurrir.
Según el Informe Girdner y Johnston (Dr. Linda K. Girdner, Dr. Janet Johnston) llamado Prevention of Family Abduction Through Early Identification of Risk Factors, existen seis perfiles compatibles con el “secuestro potencial”, de los cuales Elmira cumple más de uno y más de dos (por no decir que los cumple todos):
- Padres que han amenazado con cometer un secuestro o que ya lo cometieron antes.
- Padres que consideran que se ha cometido un abuso y hay otras personas que apoyan su creencia.
- Padres paranoicos.
- Padres que son sociópatas o psicópatas.
- Padres que tienen fuertes nexos con otro país y están rompiendo su pareja.
- Padres que se sienten desfavorecidos por el sistema legal y cuentan con apoyo familiar y social.
Ahora bien, ¿Qué ha ocurrido en mi caso? Porque indicios había para dar y tomar. ¿Negligencias o falta de recursos?
Yo añadiría más factores en esa cuestión:falta de empatía y falta de profesionalidad. Si fueran hijos de jueces o altos cargos políticos posiblemente no les ocurrirían estas situaciones. Y falta de profesionalidad porque a veces los procedimientos se llevan adelante sin más interés que el de llegar temprano a casa y lo que quede pendiente se hará mañana o el siguiente día. Cuando se trata de menores debería primar la celeridad y su protección, y si entre medias hay que reeducar a algún progenitor pues que se haga.